Persona Políticamente Expuesta. Se considerarán personas con responsabilidad pública aquellas que desempeñen o hayan desempeñado funciones públicas importantes, en las que se incluyen:
- (a) jefes de Estado, jefes de Gobierno, ministros u otros miembros de Gobierno,
secretarios de Estado o subsecretarios;
- (b) miembros del parlamento o de órganos legislativos similares;
- (c) los cargos de alta dirección de partidos políticos con representación parlamentaria;
- (d) los magistrados de tribunales supremos, tribunales constitucionales u otras altas instancias judiciales cuyas decisiones no admitan normalmente recurso, salvo en circunstancias excepcionales, con inclusión de los miembros equivalentes del Ministerio Fiscal;
- (e) los miembros de tribunales de cuentas o de consejos de bancos centrales;
- (f) los embajadores y encargados de negocios; el alto personal militar de las Fuerzas Armadas;
- (g) los miembros de los órganos de administración, de gestión o de
supervisión de empresas de titularidad pública;
- (h) los directores, directores adjuntos y miembros del consejo de administración, o función equivalente, de una organización internacional.
Ninguna de las categorías previstas en los apartados (a) a (h) incluirá empleados públicos de niveles intermedios o inferiores.
Familiares de la PEP incluyen:
- (a) el cónyuge o la persona ligada de forma estable por análoga relación de afectividad, de una persona políticamente expuesta;
- (b) los/as hijos/as, y los cónyuges o personas ligadas a los/as hijos/as de forma estable por análoga relación de afectividad, de una persona políticamente expuesta;
- (c) los padres y las madres de una persona políticamente expuesta;
Personas allegadas a la PEP significa:
- (a) toda persona física de la que sea notorio que ostente la titularidad o el control de un instrumento o persona jurídicos conjuntamente con una persona con responsabilidad pública, o que mantenga otro tipo de relaciones empresariales estrechas con la misma;
- (b) toda persona física que ostente la titularidad o el control de un instrumento o persona jurídicos que notoriamente se haya constituido en beneficio de la misma.